Preguntas frequentes

Preguntas frecuentes

  • El cliente, y cada uno de los conductores, deberán tener como mínimo 25 años y estar en posesión de un permiso de conducción clase B, con más de dos años de antigüedad, o el permiso nacional correspondiente.
  • En caso de no ser residente en la UE deberá estar en posesión del permiso de conducir internacional en vigor correspondiente a este tipo de vehículos.

Países por los que es posible circular con la autocaravana de alquiler:

  • Puede circular por todo el territorio Nacional así como por los países de la Unión Europea.
  • No está autorizado circular por países fuera de la Unión Europea, Marruecos, etc.
  • El seguro no ofrece garantía fuera de la Unión Europea.
  • Los vehículos disponen de localizador GPS que advierten de la salida de fronteras.

Según el Reglamento General de Circulación las velocidades permitidas para Autocaravanas, con MMA igual o menor a 3500kg, son:

  • En autopistas y autovías: 120km/h
  • En carreteras convencionales señalizadas como vías para automóviles: 80km/h
  • Resto de vías fuera de casco urbano: 70km/h
  • En vías urbanas se aplica el límite de velocidad genérico de 50km/h
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